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Condenan a siete años de internamiento al menor que mató al asesino de su padre en Rociana del Condado (Huelva)

Foto del escritor: Diego LópezDiego López

El incidente ocurrió el 29 de febrero de 2024 en una farmacia de Rociana del Condado. Según la sentencia, el menor, acompañado por su madre, agredió al hombre de forma brutal tras reconocerlo como el asesino de su padre.


HUELVA, 12 DE DICIEMBRE 2024.


El Juzgado de Menores número 1 de Huelva ha dictado sentencia contra el menor que mató al hombre de 77 años condenado previamente por el asesinato de su padre. La jueza le ha impuesto siete años de internamiento en régimen cerrado, seguidos de tres años de libertad vigilada, además de una indemnización de 270.110,31 euros a la familia de la víctima.


Sentencia y medidas impuestas

La magistrada atribuye al menor delitos de asesinato y obstrucción a la Justicia. A pesar de la solicitud de la acusación particular de imponer la medida máxima de diez años de internamiento, la jueza consideró que una pena más prolongada no sería beneficiosa para el joven, valorando su evolución positiva durante el tiempo que estuvo en un centro de internamiento.


Hechos probados

El incidente ocurrió el 29 de febrero de 2024 en una farmacia de Rociana del Condado. Según la sentencia, el menor, acompañado por su madre, agredió al hombre de forma brutal tras reconocerlo como el asesino de su padre. La agresión incluyó 18 golpes, varios de ellos cuando la víctima ya estaba inconsciente. El hombre falleció en un hospital el 27 de marzo de 2024.


Motivación del crimen

La jueza concluyó que el menor actuó en venganza por la muerte de su padre, rechazando la respuesta del sistema judicial. Subrayó que el comportamiento del joven representó un ejercicio de justicia privada, incompatible con el Estado de Derecho.


Pruebas presentadas

La prueba principal fue un vídeo que captó la agresión completa, corroborado por informes periciales, testigos y la autopsia.


Responsabilidad penal y defensa

La defensa del menor argumentó que su capacidad estaba mermada debido a un trastorno de personalidad relacionado con el duelo por la muerte de su padre. Sin embargo, la jueza concluyó que no existían circunstancias eximentes o atenuantes que justificaran una reducción de la pena.


Contexto y medidas cautelares previas

Tras la agresión, el menor fue sometido a internamiento cautelar en régimen cerrado, medida que se prorrogó hasta su sustitución por convivencia en un grupo educativo en noviembre de 2024.

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